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España / Documentos Legales / Préstamo Particulares (Modelo 600)
Sujeto pero Exento de ITP (Art. 45.I.B.15 TRITPAJD)

Contrato de Préstamo entre Particulares sin Intereses

Formaliza un préstamo de dinero entre familiares o amigos sin intereses (0%). Evita que la Agencia Tributaria (Hacienda) lo considere una donación encubierta o presuma rendimiento del capital en IRPF.

Términos del Préstamo Edición en vivo

Importe prestado (€)
Importe en letras
Plazo y Cuotas de Devolución
Fecha Primer Pago
Medio de Entrega

Fírmalo por duplicado y preséntalo en la Consejería de Hacienda de tu Comunidad Autónoma junto al Modelo 600 (casilla exento).

Contrato de préstamo mutuo entre particulares sin intereses

(Sujeto al Art. 1740 y concordantes del Código Civil y exento de ITP conforme al Art. 45.I.B.15 del TRITPAJD)

En Madrid, a .

Reunidos:

De una parte, como PARTE PRESTAMISTA, D./Dña. Manuel Fernández Álvarez, mayor de edad, con DNI/NIE número 09876543A, y con domicilio en Calle Serrano 40, 3º Izq, 28001 Madrid.

Y de otra parte, como PARTE PRESTATARIA, D./Dña. Sofía Fernández Domínguez, mayor de edad, con DNI/NIE número 54321098B, y con domicilio en Avenida de América 15, 1º C, 28002 Madrid.

Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente la plena capacidad jurídica para formalizar el presente contrato, a cuyo efecto:

Exponen:

I.- Que la Parte Prestamista ha acordado entregar a la Parte Prestataria, en calidad de préstamo mutuo civil, una cantidad de dinero en metálico.

II.- Que, en atención a la mutua confianza y relación existente entre las partes, acuerdan de forma expresa que dicho préstamo se concede a TÍTULO TOTALMENTE GRATUITO Y SIN DEVENGO DE INTERESES (tipo de interés nominal 0,00%), formalizando dicho acuerdo con arreglo a las siguientes:

Cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO Y ENTREGA DEL CAPITAL. La Parte Prestamista entrega a la Parte Prestataria, quien recibe en concepto de préstamo mutuo conforme a los artículos 1740 y 1753 del Código Civil, la cantidad de 15.000 € (Quince mil euros). La entrega efectiva de los fondos se efectúa mediante Transferencia bancaria con justificante con constancia documental bancaria.

SEGUNDA.- AUSENCIA EXPRESA DE INTERESES (TIPO 0%). Conforme a lo previsto en el artículo 1755 del Código Civil y a efectos de lo dispuesto en el artículo 6.2 y 40 de la Ley del IRPF (Ley 35/2006), se hace constar expresamente que el presente préstamo no devenga ningún tipo de interés, ni ordinario ni remuneratorio (tipo 0,00%), no existiendo retribución alguna por el capital prestado.

TERCERA.- OBLIGACIÓN Y CALENDARIO DE DEVOLUCIÓN. La Parte Prestataria se compromete formalmente a restituir íntegramente el capital prestado: En 30 cuotas mensuales sucesivas de 500 € cada una, comenzando el primer pago el día 05/10/2026 mediante transferencia a la cuenta designada por el Prestamista. La Prestataria podrá amortizar o cancelar anticipadamente el préstamo en cualquier momento sin comisión o penalización alguna.

CUARTA.- VENCIMIENTO ANTICIPADO. El Prestamista podrá dar por resuelto el préstamo y exigir el reintegro inmediato de las cantidades pendientes en caso de falta de pago de dos o más plazos convenidos.

QUINTA.- FISCALIDAD Y MODELO 600. Las partes reconocen que la presente operación de préstamo entre particulares está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), modalidad Transmisiones Onerosas, pero EXENTA DE PAGO en virtud del artículo 45.I.B.15 del Real Decreto Legislativo 1/1993. A tal efecto, la Parte Prestataria queda obligada a presentar el presente contrato acompañado de la autoliquidación del Modelo 600 ante la Administración Tributaria autonómica correspondiente.

Y en prueba de total conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente contrato por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.

EL/LA PRESTAMISTA
D./Dña. Manuel Fernández Álvarez
EL/LA PRESTATARIO/A
D./Dña. Sofía Fernández Domínguez