Calculadora de Costo Real de un Empleado en Colombia (2026)
Descubre cuánto le cuesta contratar a un trabajador a tu empresa: aportes patronales a pensión y ARL, parafiscales (Caja, SENA, ICBF), provisiones de prestaciones sociales y el impacto de la exoneración tributaria.
Parámetros de Contratación Laboral
Aplica auxilio de transporte obligatorio ($200.000 COP) por devengar menos de 2 SMLMV ($2.847.000 COP).
Obligatorio para trabajadores que devenguen hasta 2 SMLMV. Se suministran 3 entregas al año (abril, agosto y diciembre).
Desglose de Obligaciones del Empleador
Estructura de Costos Laborales para Empresas en Colombia (2026)
En Colombia, contratar a un empleado bajo la modalidad de contrato laboral ordinario a término fijo o indefinido implica asumir legalmente una serie de obligaciones que incrementan el costo directo entre un 48% y un 55% sobre el salario básico pactado. Comprender este costo real es indispensable para la viabilidad financiera de empresas y emprendimientos.
Preguntas Frecuentes sobre Nómina y Costo Empleador
¿Qué requisitos se exigen para gozar de la exoneración del Art. 114-1?
Ser persona jurídica contribuyente del impuesto sobre la renta, o persona natural con al menos dos (2) trabajadores vinculados mediante contrato laboral, respecto de aquellos colaboradores que devenguen individualmente menos de diez (10) SMLMV ($14.235.000 COP en 2026).
¿Cómo impacta la Ley 2101 de 2021 (Jornada 42 Horas) en 2026?
En 2026 la jornada máxima legal ordinaria en Colombia se sitúa en 42 horas semanales, lo cual reduce el divisor mensual legal para calcular el valor de la hora ordinaria a 210 horas/mes (en lugar de las 240 anteriores), incrementando el costo unitario de las horas extras y recargos nocturnos.
¿Cuándo se debe pagar cada prestación social?
La Prima de servicios se paga en dos cuotas: mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad los primeros 20 días de diciembre. Las Cesantías se consignan al fondo antes del 15 de febrero de cada año. Los Intereses de cesantías (12% anual) se pagan directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero.