Calculadora de Pensión Colpensiones 2026
Proyecta tu mesada pensional en Colombia: calcula tu Ingreso Base de Liquidación (IBL), tasa de reemplazo legal (65.5% a 80%), semanas cotizadas, bono de semanas por hijos para mujeres y descuento obligatorio de salud.
Beneficio Ley 2381 / Sentencia C-197: -50 semanas por hijo (hasta 150 semanas de reducción).
Superas el mínimo requerido por 250 semanas (+7,5% de bonificación a la tasa).
Al superar los 2.3 SMLMV ($3.274.050 COP), tu cotización se divide:
- Componente Colpensiones: Liquida hasta $3.274.050 COP con la fórmula de prima media.
- Componente AFP (Ahorro Individual): El excedente cotiza en tu cuenta individual generando rendimientos financieros.
Tabla de Tasas de Reemplazo en Colpensiones (Art. 34 Ley 100 de 1993)
La tasa de reemplazo disminuye a medida que el salario es más alto, protegiendo con mayor porcentaje a los ingresos más bajos. Por cada 50 semanas adicionales a las semanas mínimas, la tasa se incrementa en +1,5% hasta un tope máximo del 80%.
| Ingreso Base (SMLMV) | IBL Estimado (COP 2026) | Tasa Base (1.300 sem) | Con 1.500 sem (+6%) | Con 1.800 sem (+15%) | Tope Máximo (80%) |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 SMLMV | $1.423.500 | 65,00% | 71,00% | 80,00% | 80,00% |
| 2 SMLMV | $2.847.000 | 64,50% | 70,50% | 79,50% | 80,00% |
| 3 SMLMV | $4.270.500 | 64,00% | 70,00% | 79,00% | 80,00% |
| 5 SMLMV | $7.117.500 | 63,00% | 69,00% | 78,00% | 80,00% |
| 10 SMLMV | $14.235.000 | 60,50% | 66,50% | 75,50% | 80,00% |
| 20 SMLMV | $28.470.000 | 55,50% | 61,50% | 70,50% | 80,00% |
| 25 SMLMV (Tope) | $35.587.500 | 55,00% (Piso) | 61,00% | 70,00% | 80,00% |
Colpensiones (Régimen de Prima Media - RPM)
Fondo público común y solidario donde la mesada se define por fórmula legal basada en el salario promedio cotizado y las semanas acumuladas, garantizada por el Estado.
- Mesada vitalicia indexada anualmente a la inflación (IPC).
- Mayor tasa de reemplazo para sueldos medios y altos con semanas altas.
- Exige cumplimiento estricto de semanas (1.300 / 1.000) o se pierde la mesada.
Fondos Privados (RAIS - Porvenir, Protección, etc.)
Cuentas individuales de ahorro donde la pensión depende exclusivamente del capital acumulado más los rendimientos financieros generados durante la vida laboral.
- Garantía de pensión mínima con 1.150 semanas (Ley 100).
- El saldo acumulado es heredable a falta de beneficiarios de pensión.
- Suele otorgar mesadas inferiores a Colpensiones para salarios medios y altos.
Preguntas Frecuentes sobre la Pensión en Colpensiones (FAQ)
¿A qué edad y con cuántas semanas me pensiono en Colpensiones en 2026?
Los hombres se pensionan a los 62 años con mínimo 1.300 semanas. Las mujeres se pensionan a los 57 años con 1.250 semanas en 2026 (gracias a la Sentencia C-197 y la Ley 2381 que reducen 25 semanas por año hasta llegar a 1.000). Además, las mujeres cuentan con el beneficio de 50 semanas de reducción por hijo (hasta 3 hijos = 150 semanas menos).
¿Qué es el IBL (Ingreso Base de Liquidación)?
El IBL es el promedio de los salarios sobre los cuales cotizaste durante los últimos 10 años anteriores a la pensión (120 meses), actualizados anualmente con el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Si el promedio de toda tu vida laboral cotizada resulta más favorable, la ley ordena liquidar sobre ese período completo.
¿Cuánto descuentan de salud a los pensionados en Colombia?
El descuento de salud no lo asume el Estado ni un empleador; se deduce directamente de tu mesada bruta:
• Mesadas de 1 SMLMV: 4%
• Mesadas entre 1 y hasta 2 SMLMV: 10%
• Mesadas superiores a 3 SMLMV: 12%
¿Qué pasa si llego a la edad y no completo las semanas?
Si cumples 57 años (mujer) o 62 años (hombre) y no alcanzas las semanas mínimas requeridas, tienes dos opciones: seguir cotizando hasta completarlas o solicitar a Colpensiones la Indemnización Sustitutiva de la pensión de vejez, mediante la cual te reembolsan los aportes efectuados traídos a valor presente con el IPC.
¿Cómo aplica el Régimen de Transición de la Reforma Pensional (Ley 2381)?
Si al 1 de julio de 2025 tenías 900 semanas cotizadas (hombres) o 750 semanas (mujeres), mantienes las reglas del régimen anterior (Ley 100 y Ley 797) y podrás pensionarte íntegramente en Colpensiones con las fórmulas tradicionales de prima media sin límite de 2.3 salarios mínimos.